Liliany Obando, una de 7500 presos/as políticos en Colombia. |
Por: LilianyObando
Agosto 8 de2011
“… Todo preso político debe agradecer
a sus carceleros que le confirmen,
a sus carceleros que le confirmen,
en los hechos y sobre su persona
la validez de sus convicciones,
la razón de pasos.
Nunca un hombre
está más seguro de lo que hace,
que cuando un dolor prolongado
no logra quitarle el aliento
y derrotarlo…”
(Primaveracon una esquina rota
Fragmento, pg. 162 MarioBenedetti).
Fragmento, pg. 162 MarioBenedetti).
Hoy se cumplen 36 meses desde cuando fui confinada en una prisión “detenida preventivamente” mientras se me sometía a una investigación judicial que aún no termina.
Soy una mujer más entre los más de 7.500prisioner@s polític@s colombian@s quienes padecemos y resistimos con dignidadla dureza de un sistema judicial, penitenciario y carcelario y de un Estado quenos niega y nos descalifica tildándonos de “terroristas” y que en prisión buscaanularnos como personas y quebrarnos como luchadores sociales y políticos.
El preludiode esta pesadilla personal tuvo lugar la madrugada del 1 de marzo de 2008,cuando bajo las ordenes del entonces presidente Uribe; del Ministro de Defensa JuanManuel Santos y del generalato de la Fuerzas Armadas de Colombia se ejecutabala Operación Fénix en territorio ecuatoriano.
LA OPERACIÓN FÉNIX – SIN VERDAD
NO HAY RETORNO DE LASCENIZAS
NO HAY RETORNO DE LASCENIZAS
La OperaciónFénix en la que participaron conjuntamente fuerzas Especiales del Ejército, la Policía y la Fuerza Aérea Colombiana, con laposible coadyuvancia de un tercer país2, Sería desde entonces motivo de una durapolémica. Por una parte, están quienes desde el lado del Estado consideran estaoperación como una proeza de los “Héroes de la patria” que arrojo comoresultado la eliminación de un importante ´enemigo interno´ no importa los costos políticos, diplomáticosy jurídicos para el país; al fin y al cabo, -“el fin justifica los medios”.
Por otra parte están quienes creen que la operación Fénix constituyó un exceso guerrerista que devino en la flagrante violación de una serie de principios dela legislación nacional e internacional, entre ellos el de la integridadterritorial y soberanía de otro país –Ecuador-; el de la autodeterminación delos pueblos; de tratados y convenios bilaterales y multilaterales en materia decooperación judicial y penal3. En lo nacional dicha acción que fuecontraria a lo preceptuado en la Constitución Política y en la legislaciónpenal. Pero también resultó contraria a las reglas de la guerra, si, porquehasta la guerra tiene límites y existe un código de honor del guerrero, segúnel cual NO TODO SE VALE.
EL OBJETIVO MILITAR DE LA OPERACIÓN FÉNIX
En materiamilitar, con la Operación Fénix se buscaba dar de baja a quien era considerado como un ´Objetivo de alto valor´. La inteligencia militar había ubicado en la frontera colombo-ecuatoriana, más exactamente en Angosturas, provincia de Sucumbíos-Ecuador un campamento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-FARC,en el que se encontraría dicho objetivo: el jefe insurgente e integrante delsecretariado de las FARC, Raúl Reyes.
La OperaciónFénix tuvo lugar entonces: Primero vino una fase de ablandamiento del terreno.No importó que ese objetivo estuviera por fuera de la frontera colombiana nique no mediara autorización del gobierno ecuatoriano en cabeza del presidenteRafael Correa ni de las autoridades judiciales de ese país para realizar dichaincursión.
La Fuerza Aérea Colombiana bombardeó, con todo su poder de fuego, el campamento ubicadoen Ecuador, luego vino el desembarco aéreo de los miembros de las fuerzas Especiales de la Policía y el ejército colombianos para inspeccionar y copar elárea bombardeada, corroborar la baja de su ´objetivo de alto valor´ e incautar selectivamente, de nuevo, sin autorización de autoridad judicial competente de Ecuador ni de Colombia evidencia material, alterando la escena de los hechos.
En la OperaciónFénix murieron violentamente el jefe guerrillero de las FARC, Raúl Reyes y almenos otras 24 personas entre civiles y combatientes rebeldes. Entre losciviles murieron 4 estudiantes mexicanos4 y un ciudadano ecuatoriano5.Entre los sobrevivientes conocidos se encontraron una estudiante mexicana y dosguerrilleras heridas6.
Dos de loscuerpos, los de interés para las fuerzas armadas colombianas, el de Raúl Reyesy el de quien creían era el guerrillero Julián Conrado fueron sustraídos ilegalmente del lugar y transportados a Colombia sin cumplir los protocolos establecidos para ellevantamiento de los occisos. Sus imágenes-el trofeo de guerra- fueronpresentadas de forma grotesca en los medios de comunicación.
Aun hoy se desconoce la causa real de la muerte del jefe de las FARC, Raúl Reyes. Sucuerpo nunca fue entregado a sus familiares. Hoy se encuentra entre los más de50.000 desaparecidos en Colombia.
El otrocuerpo, resultó ser el del ciudadano ecuatoriano Franklin Guillermo Aisalla Molina y no del guerrillero JuliánConrado, este una vez identificado fue repatriado a Ecuador. Hoy cursa ante la ComisiónInteramericana de Derechos Humanos una demanda contra el Estado colombianointerpuesta por el gobierno ecuatoriano por el homicidio -ejecuciónextrajudicial- de este ciudadano ecuatoriano7.
LA DENOMINADA FARC-POLITICA
El otrocomponente de la Operación Fénix tomo forma en el plano político y jurídico. Enel 2008 el escándalo de la PARAPOLITICA, que comprometía a un gran número demiembros de la clase política, en su mayoría asociados al gobierno Uribe,estaba en un punto de clímax. Para tender una cortina de humo sobre esteasunto, el gobierno fabrico lo que denominaría como FARC-POLITICA, basada en lasupuesta evidencia material (computadores, discos duros extraíbles y usbs)ilegalmente obtenida por miembros de las fuerzas armadas que intervinieron enla incursión en el campamento de Raúl Reyes en Ecuador.
Dicha evidenciamaterial fue recolectada de forma arbitraria e ilegal por personal militar, yde policía, quienes, contrario a lo que afirman algunos funcionarios del anteriory actual gobierno, no contaban con funciones de policía judicial. Esta fuesustraída de facto, en territorio de otro país y sin la autorización expresa deautoridad judicial del Ecuador, afectando la escena de los hechos y violando los protocolosinternacionales en materia de recolección de materiales probatorios enterritorio extranjero.
Fue el entonces mayor de la policía Camilo Ernesto Álvarez ochoa8, como comandante del Grupo Contra Objetivos de Alto Valor-comando de Operaciones especiales-COPES- uno de quienes recolectaron la evidencia material, lasustrajo ilegalmente y en calidad de primer respondiente de la “cadena decustodia” transportó dicho material hacia territorio colombiano.
Ya en Colombia,en el municipio de Puerto Asís, Putumayo, el mismo 1 de marzo de 2008, el mayor Álvarez hizo entrega del material probatorio al entonces capitán de la policía (DIJIN) Ronald Hayden Coy Ortiz, quien a partir de ese momento y hasta el 3 de marzo, fungiría como el segundo respondiente de ese material informático y su´cadena de custodia’.
El capitán Coy,sin ser perito informático, del 1 al 3 de marzo de 2008, manipulo dicha evidencia física sin cumplir con los protocolos establecidos para el tratamiento de la misma. Sin que personal especializado en informática hubiere creado la “copia espejo”, necesaria para el análisis de la información, accedió directamente a los archivos, de los cuales posteriormente en declaración juramentada dijo que no setrataban de correos electrónicos sino de archivos WORD (documento).9 adicionalmente abrió, leyó y copio ensu computador personal dichos archivos. Y no conforme con ello, entrego copiasde los mismos, por considerarlos de importancia para la “Seguridad Nacional” alMinisterio de Defensa Colombiano, todo esto sin que mediara orden de autoridadcompetente alguna.
El Ministerio deDefensa colombiano, a su vez filtró a los medios algunos de estos documentos,escogidos selectivamente, violando así la reserva sumarial de la supuestaprueba reina que usarían en la denominada FARC-POLITICA.
Solo hasta el 3de marzo de 2008, el capitán Coy hizo entrega de la “evidencia”, en la ciudadde Bogotá, al mayor Freddy Bautista García, de la policía Nacional, entonces al frente del Grupo de Delitos Informáticos de la DIJIN. Fue el mayor Bautista quien después de procesar con su equipo de peritos dicha evidencia física y crear por primera vez la “copia espejo” de la misma, sugirió que la INTERPOL 10 certificara dicho procedimiento para validar esa prueba.
EL INICO DE UNA PESADILLA QUE NO TERMINA
Todavía con elfuror de la Operación Fénix que se rebelaba en sus rostros iluminados, en el mes de mayo de 2008, el entonces fiscal General de la Nación Mario Iguarán, junto al Ministro de Defensa, Juan Manuel Santos,aparecieron ante los medios de comunicación para anunciar públicamente laapertura de una investigación judicial contra vari@s ciudadan@s colombian@s y extranger@s dentro de la llamada FARC-POLITICA, proceso construido sobre labase de la información supuestamente obtenida de los elementos informáticos de Raúl Reyes en la Operación Fénix.
Para mi sorpresa, escuche en boca del fiscal Iguarán mi nombre, que aparecía junto alde connotadas personalidades de la vida política, académica y periodística;entre ellos se mencionaba a l@s congrsist@as del Polo Democrático Alternativo, GloriaInés Ramírez y Wilson Borja; a la entonces senadora del Partido Liberal PiedadCórdoba; al ex ministro Álvaro Leyva Duran; a los periodistas Carlos LozanoGuillen, William Parra y Lázaro Viveros; al académico estadounidense JamesJones y al parlamentario venezolano Amílcar Figueroa. Con el tiempo esta listase iría ampliando con nuevos nombres. El factor común entre quienes fuimosincluidos en esta línea es el compromiso asumido desde los diferentes espaciosde trabajo de cada un@, algún@s de nosotr@s desde la oposición política, con ladefensa de los derechos humanos, la búsqueda de escenarios de paz y de acuerdohumanitarios.
Después deesa alocución vinieron momentos dezozobra para mí y mi familia. Mi vida que hasta entonces transcurría entre mi trabajoprofesional como socióloga; mi compromiso con la defensa de los derechoshumanos, de las mujeres y laborales; mimilitancia en la izquierda como opción politica11; mi actividad académica en la maestría en Estudios Políticos en la Universidad Nacional de Colombia (estaba preparando min tesis de grado), y la crianza de mis hij@s(4y 15 años) como madre cabeza de familia, cambió radicalmente, aunque no en lo fundamental.
Ante elinminente proceso judicial me dispuse a buscar ayuda legal para asumir mi defensa.
El 8 deagosto de 2008, mientras leía noticias en internet hubo una que ocupo toda miatención, se trataba de la orden de captura en mi contra. Horas más tarde eraallanada mi residencia y yo era conducida a los calabozos de la DIJIN y de ahí ala reclusión de Mujeres de Bogotá, en donde permanezco aun, 36 meses después,en calidad de SINDICADA a la espera de que se haga justicia en mi caso y en unclaro abuso de la detención preventiva.
En el operativo de allanamiento participaron fuerzas policiales (DIJIN) fuertemente armados,quienes lograron Intimidara mi anciana madre y a mis pequeños hijos. En el lugar se incautaron documentos de tenencia legal, incluso algunos de mi madre e hij@s, que figuran entre laspruebas en mi contra.
Al frente del operativo deallanamiento y “captura” se encontraba el capitán de la DIJIN, Ronald Hayden CoyOrtiz, el mismo que participó en la Operación Fénix. Este me decía con sorna entre muchas otrascosas que –me haría famosa, nacional e internacionalmente-, mientras otro delos policías filmaba todo a mí alrededor, incluso a mi familia y a mí en todos los planos. Hubo un instante que mecauso curiosidad, cuando el camarògrafago de la policía fue despachado con tonode urgencia del lugar. A los pocos minutos aún sin que el allanamiento hubieraterminado, eran transmitidas las imágenes del operativo en televisión, mientraslos policías hacían una pausa para ver el espectáculo mediático con el pechohenchido por el “positivo”.
Con mi detención se iniciaba el proceso de la FARC-POLITÌCA. Unproceso político más que jurídico, que hoy parece languidecer dada laarbitrariedad e ilegalidad sobre la que fue construido.
El 11 de agoto de 2008, estando aún aisladaen los calabozos de la DIJIN,fui conducida al Bunker de la Fiscalía para rendir indagatoria ante la fiscal19 anti-terrorismo, Nancy Esperanza Pardo Bonilla. Hasta entonces me enteraríade las razones por las que me encontraba vinculada al proceso de lasFARC-POLITICA y de los cargos que se me imputaban.
Antes de regresar al Bunker de la Fiscalíaalgun@s periodistas trataron de obtener de mí alguna declaración. Quedó grabada en mi memoria la primer pregunta que mehacia una periodista “¿Es cierto queusted era la amante de Raúl Reyes?” la miré y le respondí “Eso no es verdad y con este tipo de calumnias mal intencionadas vulneran mi dignidad como mujer y como ser humano”. Enrealidad no sé que me ofendía más, si el ser sometida públicamente a unafalsedad que dejaba una marca perenne sobre mi honra, o el saber qué estaba siendo usada como carne de cañónpor quienes desde la `inteligencia militar` sólo querían desdibujar la imagendel jefe insurgente.
Ya en la indagatoria la Fiscal me imputo loscargos de Rebelión y Administración de Recursos con fines Terroristas, cargossoportados en la supuesta información obtenida en los dispositivos informáticosdel abatido jefe de las FARC, Raúl Reyes. Cargos que no acepte sometiéndome conscientementea un proceso de juicio para demostrar mi inocencia. La Fiscal decidió entonces dictarmedida de aseguramiento en mi contra en establecimiento carcelario. Fue laprimera vez que se me negó el beneficio de la detención domiciliaria a pesar dehaber demostrado plenamente mi condición de madre cabeza de familia. Luego se me negaría dicho beneficio en 9 ocasiones más por considerárseme un “peligropara la sociedad” cosa que no ocurre con l@s delincuentes de cuello blanco aquiénes se les otorga sin ninguna traba este beneficio.
El 14 de agostos de 2008 fui entonces remitidaa la reclusión de mujeres de Bogotá – “Buen Pastor” al pabellón 6, que es elpabellón en el que se encuentran, por calificación de internas la mayor partede las mujeres presas políticas de lareclusión. Me convertí entonces en la primera colombiana y la única mujerprivada de su libertad por la denominada FARC-POLÌTICA.
DE OTRAS ILEGALIDADES PROCESALES
Desde el mismo momento en que fui vinculadacon pruebas ilegales – al proceso judicial de la FARC-POÌTICA se mesometió a una exposición mediática en donde se me atribuyeron desde tener“lazos afectivos” con el abatido jefe de las FARC, Raúl Reyes, hasta de unaserie de responsabilidades que nunca he tenido. Dicha situación no sólo afectómi honra y mi buen nombre sino que además ha desencadenado un sinnúmero detratos degradantes, ofensas e incluso amenazas de muerte en mi contra con losconsecuentes problemas de seguridad para mí y mi familia.
En la reclusión l@s prisioner@s polític@sdebemos cargar con el estigma del `delito` que se nos endilga: REBELIÓN y senos hace un `perfil` de alta peligrosidad, pues seguimos siendo considerad@s el`enemigo interno`, sólo que tras las rejas. Estas circunstancias más micontinuado compromiso con la defensa de los derechos humanos, ahora de miscompañeras@s en prisión me ha valido el señalamiento y la continuadapersecución de parte del INPEC12.
Como resultadode dicho señalamiento el pasado primero de junio de 2011 fui trasladada dentro de la misma reclusión del pabellón 6 al pabellón 7, donde me encuentro aislada delresto de mis compañeras prisioneras políticas y sometida a mayores medidas deseguridad.
Además de habersido vinculada a un proceso judicial con fundamento en pruebas ilegales, con laconsecuente detención arbitraria, el proceso en mi contra ha estado flagrado deirregularidades desde la etapa de instrucción hasta ahora:
-fui imputadaademás del “delito” de rebelión, que es un delito político y de la competenciade la justicia ordinaria, con el delito de administración de recursos con finesterroristas, que es un delito no político y del resorte de la justiciaespecializada.
Ha sido unaestrategia de l@s fiscales imputar a l@ opositores polític@s delitos asociados al terrorismo, conjuntamente al “delito” de rebelión, esto con el fin de agravar la situación jurídica con largas condenas , aumentar los tiempos requeridos para el desarrollo de los procesos y entrabar el accesos a beneficios jurídicos para imputados y condenados.
Por cuenta deesta estrategia me ha sido negada repetidamente la detención domiciliaria, seme sometió a detención preventiva que es –una medida extraordinaria-y se haprolongado en el tiempo el desarrollo del proceso.
-después de quela fiscal 19 profirió la resolución de acusación en mi contra y quedo en firme,el 08 de abril de 2009 se inicio lo audiencia pública y la audienciapreparatoria antes del juicio bajo la competencia del Juzgado Noveno Penal del CircuitoEspecializado de Bogotá. Durante la audiencia preparatoria solicitamos con midefensa el acceso a la totalidad de la “prueba reina”, es decir, de los archivosobtenidos en la Operación Fénix, pero esta petición nos fue negada. Tanto Juez comofiscal solo nos permitieron conocer resúmenes de los archivos que se considerabanestaban directamente relacionadas conmigo. De esta forma se rompió la unidadprocesal de tod@s lo vinculad@s al proceso de la FARC-POLITICA, para quienes“la prueba reina” son precisamente esos archivos obtenidos en la OperaciónFénix.
Así, se nos impidióa l@s vinculad@s de dicho proceso la posibilidad de asumir colectivamente la defensa.A cada uno de nosotr@s se nos individualizo la investigación y se nos permitióconocer solo fracciones de la “prueba reina”. De esta forma se afectóseriamente la salvaguardia al debido proceso y a un juicio justo.
-por estarsometida a la justicia especializada, los tiempos del proceso en la fase deaudiencia pública han sido largos y con interrupciones, a tal punto y cumplido24 meses desde el inicio de la audiencia publica y 32 meses de mi “detenciónpreventiva”, no se ha terminado esta etapa teniendo derecho a mi libertad por vencimiento de términos.
El 11 de abrilde 2011 solicitamos dicha libertad, pero el 13 de abril la Juez Novena Penal delCircuito Especializado la negó excusándose en que la audiencia pública no se hapodido terminar por “causas justas y razonables”, debido a que la defensa habíasolicitado la práctica de pruebas en el exterior y que por lo tanto se me estaríagarantizando el debido proceso.
Ante tal absurdojurídico, a través de la defensa interpusimos recursos de apelación y HabeasCorpus13 para pedir la libertad por vencimiento de términos, perotanto el Tribunal Superior de Bogotá, que tuvo conocimiento de la apelación,como el juez de Habeas Corpus se negaron también a otorgarme la libertadinmediata.
-en mayo 18 de2011, la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, profirió auto inhibitorio14en el caso del ex congresista vinculado al proceso de la llamada FARC-POLITICA.Con este auto la Corte sentenció que las evidencias físicas obtenidas en la OperaciónFénix y que han sido usadas como prueba en el caso del ex congresista WilsonBorja es decir la FARC-POLITICA son ilegales y que en derecho no pueden serusadas ni en el caso de Borja ni en ningún otro proceso pues no tienen ningunavalidez jurídica.
El 1 de agostode 2011, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de forma unánimeratifico la sentencia proferida el 18 de mayo de 2011 en la que se declara ilegal la evidenciamaterial obtenida en la Operación Fénix y la imposibilidad de que esta seausada en cualquier proceso judicial como prueba.
Basados en esefallo recuperó la libertad el profesor Miguel Ángel Beltrán en junio 3 de 2011.El profesor Beltrán también había sido vinculado por el proceso de la FARC-POLITICAy permaneció 2 años privado injustamente de la libertad. También se freno la extradiciónhacia Colombia del dirigente comunista Manuel Olate y se pudo esclarecer su situaciónjurídica en su país.
-por su parte,mi defensor basado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia solicitó en elmes de julio de 2011 el Control de Legalidad ante la jueza 9 Penal del CircuitoEspecializado, Danae Hinestroza Rengifo y la solicitud de mi libertad por haber sido detenidaarbitrariamente con fundamento en pruebas ilegales. La jueza de conocimientouna vez más rechazo la solicitud de la defensa.
-el 01 de agostode 2011 recurrimos a la acción de Habeas Corpus al considerar que no solo fui privadade mi libertad arbitraria e ilegalmente sino porque existe una prolongaciónilegal de dicha detención. Soportamos nuestra solicitud en la providencia de laCorte Suprema de Justicia, Sala Penal, de mayo 18 de 2011 y su ratificación del1 de agosto de 2011 en la que se declara nula por carecer de validez jurídicala “prueba” obtenida ilegalmente en la Operación Fénix que ha sido usada en micontra.
Inexplicablemente el juez de Habeas Corpus, el juez 30 Laboral del Circuito de Bogotá, Alfonso Mario Araujo Monroi quien niega por “improcedente” nuestra petición fundado en espurios argumentos jurídicos.
Es evidente quedurante estos 36 meses mi “detención preventiva” en establecimiento carcelarioha vulnerado innumerables derechos: a la presunción de inocencia, al debido proceso,a la legítima defensa, a las garantías procesales, y a mi libertad causándomedaños irreparables en lo material y en lo moral. Por tal motivo a través de midefensa hemos solicitado Medidas Cautelares de protección a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Lo cierto es quea tres años de la cuestionada Operación Fénix, el monstruo de la FARC-POLITICA languidece.Por fortuna ya muchas de las personas injustamente vinculadas a este proceso han sido inhibidas oabsueltas. Aun continuamos privados de nuestra libertad Joaquín Becerra y yo.
Entre tanto misdías siguen transcurriendo en una celda de alta seguridad aislada del resto de mis compañeras prisioneraspolíticas pero con la dignidad, la moraly la frente en alto.
Seguiremos luchandopor la libertad de tod@s l@s prisioner@s polític@s colombian@s.
Algún día será posible y podré de nuevo en libertad continuartrabajando por una patria verdadera, democrática, inclusión política, conjusticia social y paz.
Estos 36 mesesde injusto encarcelamiento han sido menos tortuosos gracias a la invaluablesolidaridad y a las expresiones de cariño de muchos y muchas compañeros y demuchas otras personas, que aun sin conocerlos se han sensibilizado con mi casoy el de los más de 7500 prisioner@s polític@s colombian@s.
A tod@s ell@s, alas organizaciones sindicales, de derechos humanos, activistas por la paz y lajusticia social, a los medios de comunicación alternativos, a los partidospolíticos de oposición a los abogados demócratas, y a l@s parlamentarios quehan confluido desde distintas latitudesdel globo, en la campaña por la libertad de l@s y prisioner@s polític@scolombin@s, mi gratitud y afecto.
Quiero agradecerespecialmente a l@s compañeros de la Red Internacional de Solidaridad Con losPrisioner@s politic@s colombian@s(INSPP, sigla en ingles); de la Campaña de Solidaridadpor los Prisioner@s Polític@s en Canadá, de Justicia por Colombia en el Reino Unido;de los circulos de Solidaridad por Colombia y de Paz y Justica por Colombia enAustralia; de la Alianza por La Justicia Global en Estados Unidos; de laCampaña de Solidaridad por l@s prisioner@s polític@s colombian@s “Creando PuentesSolidarios”, en Cuba; de la Agencia Bolivariana de Asuntos Humanitarios Patriaes Solidaridad, en Venezuela; de la Campaña por la Libertad de los Prisioner@s polític@scolombian@s en Francia, de la campaña por la Libertad de los prisioner@spolític@s “Traspasa los Muros”, de la Fundación Lazos de Dignidad, de laBrigada Jurídica Eduardo Umaña Mendoza, del Comité Permanente por la Defensa delos Derechos Humanos en Colombia.
A las y losabogados que han contribuido con mi defensa Eduardo Matyas Camargo, GustavoGallardo, Santiago Ortiz y July Henriquez.
A mi amigo ycompañero Raúl Arango, siempre solidario con las prisioneras políticas del BuenPastor, a Niki, donde quiera que este.
A mi compañero yamigo Néstor Montilla que siempre me acompañó mientras estuvo vivo y aun me acompaña.
A mi pequeñapero incondicional y amorosa familia.
A todas y todosmuchas gracias y un abrazo fraterno.
LILIANY OBANDO PRISIONERA POLITICA, SOBREVIVIENTE DELGENOCIDIO CONTRA LA UNIÓN PATRIOTICA. RECLUSIÓN DE MUJERES DE BOGOTA BUENPASTOR. AGOSTO 8 DE 2011.
NOTAS
1. Prisionera política sobreviviente del genocidio contra la uniónpatriótica. Socióloga, defensora de derechos humanos, de las mujeres y laboral.
2. “El gobierno de Ecuador… sostiene que de acuerdo a los restos de lasbombas encontradas en el campamento estas requieren para ser lanzadas unatecnología avanzada que según ellos no disponen la Fuerza Aérea de Colombia”.Informe de la comisión de la OEA que visito Ecuador y Colombia. Vigésima quintareunión de consulta de ministros derelaciones exteriores, 17 de marzo de 2008, Washington pg. 7
3. Colombia es Estado parte de la Organización de Estados Americanos OEA,como tal aprobó la Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materiapenal, suscrita en Nassau, Bahamas el 23de mayo de 1992 y el protocolo facultativo relativo a la convencióninteramericana sobre asistencia mutua en materia penal adoptado en Managua,Nicaragua el 11 de juniode 1998. la Ley 636 de 2001. Colombia también aprobó el convenio de cooperaciónjudicial y de asistencia mutua en materia penal entre la república de Colombiay la república de Ecuador, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C, el 18 dediciembre de 1996. Ley 519 de 1999.
4. Verónica Natalia Vázquez Ramírez, Fernando Franco Delgado, SorenUlises Avilés, Juan Gonzales del Castillo, estudiantes de la universidadautónoma de México UNAM.
5. Franklin Guillermo Aisalla Molina.
6. Martha Pérez y Diana Gonzales, guerrilleras de las FARC y LuciaMorett Álvarez, encontradas por militares ecuatorianos.
7. El Estado ecuatoriano acuso al Estado colombiano por el homicidio“Ejecución extrajudicial” de FranklinAisalla ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Según el estadoecuatoriano Aisalla fue asesinado a golpes de fusil que le destrozaron elcráneo.
8. Hoy cursa una investigación en Ecuador contra altos mandos de las FuerzasArmadas colombianas quienes participaron en la Operación Fénix, entre ellos elentonces mayor de la policía Camilo Ernesto Alvares Ochoa, comandante del Grupo deObjetivos de Alto Valor el Comando de Operaciones Especiales –COPES-
9. El entonces capitán de la DIJIN- Policía Nacional, Ronald Hayden CoyOrtiz quien fue custodio de las evidencias físicas obtenidas en la OperaciónFénix declaró bajo juramento que dichos archivos no eran correos electrónicossino documentos Word
10. De acuerdo al informe de la INTERPOL sobre la validez de losprocedimientos usados en el tratamiento de los dispositivos obtenidos en la OperaciónFénix del 1 al 3 de marzo de 2008 se manipularon unos 48.000 archivos sin ellleno de los protocolos establecidos para tal fin.
11. Un Estado que como el colombiano se autoproclama democrático y de EstadoSocial de Derecho debe garantizar la inclusión y participación de la oposiciónpolítica.
12. Instituto Penitenciario y carcelario.
13. Derecho fundamental y acción constitucional, artículo 30 de laConstitución Nacional.
14. De acuerdo al artículo 327 del código de procedimiento penal ley 600de 2000 “… se torna imperativo emitir decisión inhibitoria, cuando elcomportamiento no ha existido, es atípico, está acreditada un causal eximentede responsabilidad, o no es viable legalmente la acción penal”… pagina 3. CorteSuprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Bogotá, D.C. mayo 18 de 2011