onsdag 4 maj 2011

Replica de abogado venezolano de Juaquin Perez Becerra

De: Hugo Marrtinez <humazu01@yahoo.es>
Asunto: Replica de abogado venezolano de Juaquin Perez Becerra
Para: "aporrea noticia" <aporrea_org@yahoo.com>
Fecha: lunes, 2 de mayo, 2011 18:04
 
Yo, Hugu Martinez abogado en ejercicio, Inpreabogado número 162.276. Junto a los abogados Isrrael Sotillo y Yul Jabour, intentamos servir de abogados de confianza del ciudadano Joaquin Pérez Becerra, ciudadano extranjero, aprehendido el día sábado y entregado al gobierno colombiano el día lunes en horas de la tarde; en todo ese tiempo el mencionado ciudadano estuvo en estado de indefención, frente a la potestad del Estado, que por intermedio de los funcionarios policiales venezolanos o por medio de funcionarios de la Interpol  fue privado de libertad. Considero que los asesores júrídicos de la presidencia de la República, no advirtieron, la necesidad del cumplimiento de las mínimas garantías constitucionales a la que tiene Derecho todo ser humano, cualquiera sea el delito que se le impute; cualquiera sea la autoridad que emita la orden de captura.

El error de este procedimiento y que no debe repetirse, es el hecho notorio de la captura el día sábado, permanecer privado de libertad todo el día domingo y entregado a las autoridades colombianas el día lunes en horas de la tarde.

Durante todo ese tiempo  no se garantizo al ciudadano Extranjero Joaquin Pérez Becerra, el Derecho al debido proceso; el Derecho a la defensa, ni se realizo la debida notificación consular, establecidos de manera clara, en los artículos 44 numeral dos (2) y 49 numeral uno (1) de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Además si la figura empleada para la entrega al gobierno colombiano en cumplimiento de las obligaciones Internacionales de la Republica Bolivariana de Venezuela, fue la de Deportación y Expulsión, no se dio cumplimiento al procedimiento establecido en el capitulo II (articulos 38 al 51) del Título VII De las Infracciones y Sanciones de la Ley de Extranjería y Migración de la República Bolivariana de Venezuela.

Por todo lo expuesto es importante concluir que en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, este calificativo no es una muletilla retórica. Por tanto no se puede permitir este tipo de Violación a los Derechos Humanes Fundamentales. Además estos Derechos y Garantías  son reconocidas y aceptadas, por los Estados y pueblos respetuosos del Derecho Internacional.

Por otra parte, considero como revolucionario militante que soy, que las decisión del ciudadano Presidente Hugo Rafael Chávez Frías fue correcta, fue soberana, responsablemente tomada. Solo que la orden emitida por el ciudadano presidente fue mal ejecutada.

Sugiero muy respetuosamente, que para futuros casos de provocación, orquestados por los enemigos de este proceso Revolucionario y Bolivariano, léase Imperialismo Norte Americano y sus lacayos, se deben ejecutar las ordenes presidenciales, sin necesidad de violar la Constitución ni las Leyes de la República.

Reciba la seguridad de mi devota estimación.
HUMAZU